Salomón Chertorivski Woldenberg
Reforma
24/07/2017
Ella es una mujer trabajadora en la Ciudad de México. Más de ocho horas diarias constituyen su jornada en un restaurante del centro histórico y gana el salario mínimo. Su trabajo es eficiente y afable, pero a ella no le tocan propinas. Por eso completa su ingreso como trabajadora doméstica en distintos hogares de la capital.
Inscrita en el seguro social, sin embargo no alcanza para aportar en algún sistema de pensiones. Y después del alza de la gasolina, ocupa 15 de los 80 pesos de su salario solo para transporte. En días malos, llega con 65 pesos a su casa.
Pero ella es una ciudadana valerosa y presentó un recurso de amparo para combatir el decreto de diciembre de 2015, emitido por la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (CONASAMI). Lo que siguió fue un largo trayecto a través del sistema judicial. Nunca se dio por vencida y acabó llevando su amparo a la revisión de la Suprema Corte de Justicia (SCJN). Venturosamente ese órgano aceptó su solicitud.
Si solo fuera por eso, los trabajadores del país ya están agradecidos con la señora Luz y su tenacidad. La Corte admite que se trata de un asunto importante y de trascendencia jurídica (recuerden que la SCJN solo puede atraer ese tipo de casos). Afirma que es un asunto «sensible y de interés social» y dice claramente que estamos ante un derecho humano con base constitucional «razón por la cual el monto que fije la CONASAMI debe ser tal, que efectivamente cumpla su contenido». Y dio un paso más allá, algo que no debe seguir ignorando esa Comisión: «al momento de emitir una resolución que fije los salarios mínimos debe contemplar todos los informes que aseguren la obtención de una cantidad que importe un salario remunerador, así como tomar en cuenta el ingreso suficiente para adquirir la canasta alimentaria señalada por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL)».
Precisamente la insistencia del Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, del alcalde de Guadalajara, de la COPARMEX, la CNDH, la UNAM, el IPN, economistas rigurosos y diversos, organizaciones sociales y sindicatos independientes. México necesita otra política salarial cuyo comienzo es ubicar el mínimo en el nivel del precio de la canasta alimentaria para el trabajador y un dependiente económico.
Lo dicho por la Suprema Corte es un llamado para todos. Jurídicamente se ha pronunciado sobre el contenido material del derecho humano y social. Cualquier decreto que tome la CONASAMI no puede desentenderse de esa directriz. Puesto en palabras de la CNDH: el salario mínimo es un derecho que permite el ejercicio de los demás derechos.
Nadie ha dicho que después de cuatro decenios de brutal deterioro, los salarios mínimos deban brincar súbitamente a donde deben estar (189 pesos), pero sí, que su aumento sea consistente y significativo en los siguiente años. Llegar a lo que la SCJN ha concluido, implica hoy un aumento de 15 pesos (el transporte de Doña Luz), menos de un dólar al día. ¿De veras nuestra economía no puede resistir un cambio de esta dimensión?
El Secretario Navarrete Prida parece resignado al veto, bajo el incierto discurso del «consenso» y se niega a dar el paso: basta que un pequeño grupo empresarial no esté de acuerdo y el salario mínimo mexicano seguirá siendo un ridículo mundial, como se han encargado de subrayar -ahora también- los negociadores de Trump.
Es necesario que el Gobierno y la patronal lean el mensaje de la Suprema Corte (y de la CNDH) y entiendan las consecuencias de una política de salarios precarios, porque las ventajas de pagar tan mal ponen en entredicho el crecimiento y nuestro tejido social.
Gracias a una modesta empleada de limpieza, se empieza a entender que no hay derechos de primera y derechos de segunda. Que después de la hegemonía liberalista, México necesita regresar a la raíz de los derechos sociales y devolverles su plena exigibilidad.