Jacqueline Peschard
La Crónica
23/12/2020
Resulta alarmante la manera como el Tribunal Electoral(TEPJF) ha venido emitiendo sus comunicados de prensa para dar a conocer los acuerdos y resoluciones adoptados por su Sala Superior, particularmente ahora que quien la preside está sometido a una investigación judicial por una denuncia de la UIF por un posible enriquecimiento desproporcionado. ¿A quién sirve boletines alterados?
Los boletines de prensa de las instituciones, que son responsabilidad directa de quien las preside, son mecanismos para informar al público en general, de manera ágil y pronta, sobre las determinaciones que adoptan sus órganos de dirección, en el entendido de que son reflejo fiel de las mismas. Sin embargo, en dos ocasiones recientes, los comunicados del TEPJF han alterado el sentido de los acuerdos adoptados por su Pleno, generando no sólo confusión, sino dañando la integridad de la máxima autoridad electoral de nuestro país.
Al resolver la impugnación sobre el Acuerdo del INE relativo a que los partidos aplicaran la regla de paridad de género, en la postulación de los candidatos a las 15 gubernaturas del 2021, el Tribunal Electoral decidió revocarlo, argumentando que no era atribución del órgano administrativo, sino que debería ser legislado ya fuera en el ámbito federal, o en cada una de las legislaturas estatales. Sin embargo, a instancias de la magistrada ponente, Janine Otálora, y con el voto de la mayoría de los integrantes de la Sala Superior, se aprobó obligar a los partidos a cumplir con el precepto de la paridad en la postulación, a fin de atender el principio establecido en la Ley de Paridad de 2019 y abrir el espacio a la participación equitativa de las mujeres en dichos cargos.
No obstante, el boletín de prensa emitido por la Sala Superior, señaló que no se trataba de una determinación vinculante (obligatoria) para los partidos, sino que era facultativa. La diferencia no era menor, ya que el sentido del voto mayoritario de los magistrados coincidía con el Acuerdo del INE para darle vigencia al principio de paridad, es decir, al final, el Tribunal lo hacía suyo, pero ello no se recogió en el comunicado de prensa.
Una segunda alteración ocurrió en el comunicado del Tribunal Electoral respecto del Acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE que estableció una medida cautelar de carácter preventivo en contra del presidente de la República por haber intervenido en asuntos electorales, vulnerando los principios de equidad e imparcialidad. Al haberse referido, en sus ruedas de prensa del 27 y 29 de noviembre en Baja California, a la alianza del PRI-PAN en dicha entidad y haber invitado a la ciudadanía a reflexionar su voto y a mantener su respaldo al gobierno en turno, la mencionada Comisión del INE, resolvió por unanimidad que se trataba de una intervención del titular del Ejecutivo Federal en los procesos electorales, lo cual está prohibido por los artículos 41 y 134 constitucionales.
Dicha medida cautelar fue impugnada por la propia Consejería Jurídica de la Presidencia y el Tribunal Electoral decidió revocarla, argumentando que las expresiones del presidente no ameritaban ser objeto de tutela preventiva, al ser “actos futuros de realización incierta”, configurando una suerte de acto de censura previa.
En el respectivo comunicado de prensa, el Tribunal Electoral señaló que, además de haber revocado la medida cautelar, se había determinado apercibir a los consejeros del INE por no haberse ajustado a los criterios establecidos por la máxima autoridad jurisdiccional en materia electoral. Sin embargo, la sentencia del TEPJF, notificada días después, no contenía la medida de apremio a los consejeros electorales. Una vez más, el comunicado oficial del Tribunal tergiversó el contenido de los acuerdos de la Sala Superior, dando cuenta de la manipulación de que han sido objeto por parte de su Presidencia, encargada directa de la emisión de los boletines. La falsedad de las medidas de apremio a los consejeros del INE fue ratificada por dos de los magistrados del Tribunal quienes manifestaron que nunca se discutieron dichos apercibimientos en la sesión respectiva.
Manipular boletines de prensa debe ser un acto claro de responsabilidad de la Presidencia del TEPJF, pues si bien no se trata de la sentencia misma y es a través de ella que los jueces dicen expresarse, sí son documentos oficiales de la autoridad que sirven, ni más ni menos, que para dar a conocer las determinaciones del órgano jurisdiccional. El tema es particularmente serio porque el proceso electoral que ya está en curso, no sólo será el más grande de la historia, sino que puede ser particularmente conflictivo debido a la fuerte polarización política que existe y que ha inundado el escenario electoral.
El sentido de las alteraciones a los boletines de prensa del Tribunal Electoral hablan de una división dentro del órgano jurisdiccional, pero lo más preocupante es que una mayoría del mismo se esté prestando a generar confusión e incertidumbre en la arena electoral, dañando la confianza ciudadana en sus autoridades y favoreciendo intereses externos a los fines que tienen encomendados.