Ricardo Becerra
La Crónica
31/05/2015
Pues bien, allí lo tienen. El Partido Verde Ecologista de México con su registro y en la boleta; sancionado sí, pero incólume, con su debida dotación de spots. Ah, y con algo más: con la bandera política que por fin emerge y formula sin complejos: quieren comprar spots televisivos, la política debe volver al mercado, las grandes cadenas de televisión deben regresar, sin máscaras, al juego político y electoral.
Esto es lo que siempre estuvo en juego, desde el año 2009, primera elección que ponía a prueba la regla constitucional: a los partidos y candidatos les queda prohibido comprar o adquirir spots en radio y televisión.
Ya en esa elección originaria, el Tribunal electoral sentó su frágil y explosivo precedente: permite la compra, siempre y cuando sean spots “informativos”, supuestos informes legislativos, los cuales, dicho sea de paso, nadie jamás encontró en ninguna parte.
Para evitar ir al meollo del asunto se inventaron toda clase de conceptos y se dio rienda suelta a las interpretaciones jurídicas más disparatadas: los verdes no compraron spots de televisión, sino que escenificaron una “sobreexposicion”; no hubo violación directa a la Constitución sino que “se produjo inequidad”; no incurrieron en el intercambio mercantil electoral sino que “violaron el modelo de comunicación política”.
Eufemismos, enredos del lenguaje, criterios estrambóticos de los que no escaparon ni siquiera aquellos defensores cruzados de la reforma electoral del 2008. Por no centrar y concentrar toda la lógica de la administración electoral en la prohibición esencial, se hizo crecer, frondosa, la normativa en otras direcciones del derecho.
Así, las restricciones duras y claras en radio y televisión (el único régimen realmente restrictivo) fueron trasladadas a otros ámbitos de la competencia y de la propaganda de candidatos y partidos. Las prohibiciones de radio y televisión, se exportaron a internet, por ejemplo; presentar un libro, se volvió punible; las entrevistas, los debates, el derecho de réplica, se inventó un período especial de “intercampaña”; estamos hablando ya de veda electoral, pero no para definir los tres días de reflexión previo al día de la elección, sino que la veda alcanza ahora los sesenta días (toda la campaña) y en muchos pasajes fue más importante “lo que no se puede decir” que la violación al artículo 41 Constitucional.
El ganador neto de esta confusión, es el Partido Verde.
Si tienen paciencia, revisen la sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral votada el viernes pasado. Siguen sin ver la compra de spots. Para ellos lo importante es encontrar el instrumento adecuado para tratar “con justicia” al acusado; ¿a través de un ordinario, a través de un especial?; qué individualice la sanción el INE (cuarta vuelta del mismo asunto); los señores Consejeros tienen demasiadas ansias sancionatorias, y como remate de todo: ¿qué no ven que los Verdes querían cumplir la ley, pero… no pudieron? Según los magistrados, los verdes lo demostraron. ¿Cómo? con 17 actas notariales, donde los inmaculados señores notarios que todo lo saben y todo lo ven, dieron fe de la buena voluntad del partido para corregir sus propios abusos.
No exagero un ápice: la Sala Superior –perdedora neta de este episodio rocambolesco- está dispuesta a aparecer como un cónclave improvisado, incoherente (habían dicho que la conducta era muy grave, ¿recuerdan?), sin pies ni cabeza con tal de no pronunciar la sentencia maldita: violación directa al artículo 41 Constitucional.
El círculo triunfal del Verde se cierra en sus desplegados recientes: su propósito central en el siguiente periodo legislativo es enterrar la reforma electoral del año 2008-2009, esa que prohíbe comprar spots y que ha inhibido su libertad, dice.
Nunca lo disimularon; no importa la Constitución, ni incurrir en desacato, ni aparecer como el partido más desleal de todo el sistema electoral. Ellos están locos por comprar spots.