Raúl Trejo Delarbre
La Crónica
09/02/2015
No tienen remedio. Nuestros gobernantes dicen que promueven la simplificación administrativa, pero inventan cada vez más reglas enmarañadas e innecesarias. La de por sí inhábil burocracia, es desbordada por nuevas y engorrosas normas. Al mismo tiempo, nunca deja de estar presente el síndrome del Big Brother que avasalla derechos personales y que forja los rasgos de un Estado ominosamente controlador.
El Servicio de Administración Tributaria, órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda, tiene la tarea de cobrarnos impuestos. Sus acciones, cuando están orientadas a ese propósito, nunca resultan populares pero son indispensables. El SAT tiene que desempeñarse con la mayor transparencia y con un rigor invariablemente ajustado a la ley. Debe dedicarse a lo suyo, que es la recaudación fiscal, y nada más.
Por eso resulta sorprendente la instrucción del SAT, publicada el antepenúltimo día del año pasado, que obliga a las aerolíneas a entregar información detallada de sus pasajeros y los vuelos que realizan.
En un farragoso documento denominado “Sexta Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2014”, el Servicio de Administración Tributaria dispone en su regla 1.9.21 que las empresas aéreas que traigan pasajeros a México, o que los transporten de aquí al extranjero, deben enviarle electrónicamente la información del código localizador de registro y códigos asociados, cuando haya conexión con otras aerolíneas; fechas de reservación y expedición de boletos; fechas de viaje, nombre del o los pasajeros, formas de pago, itinerario detallado y nombre de la o las agencias de viaje que fueron contratadas.
Además, se dice, las empresas “podrán transmitir” los datos de información de contacto, información de cuentas de viajero frecuente, cotización de los boletos, información del equipaje, número del o los asientos, “información sobre servicios especiales requeridos por el pasajero”, entre otros.
Esa disposición no sólo es abusiva, sino además equívoca. Indicar que las empresas pueden enviar esa información, implica que tienen la facultad de no hacerlo. Pero si se trata de una decisión discrecional, entonces no tiene sentido que se le incorpore a un reglamento de aplicación obligatoria. En todo caso, se añade que la información tiene que ser enviada 72 horas antes del vuelo, pero además debe ser actualizada 48, 24 y 8 horas antes del despegue.
Y aún hay más, como decía uno de nuestros clásicos. Cuando se cierre el vuelo, pero “previo al despegue del avión”, las aerolíneas deben transmitirle electrónicamente al SAT, entre otros, los datos del viaje, horarios de salidas y llegadas con aeropuertos de destino, número de asiento, número de maletas, registro de cada una y peso del equipaje.
Las nuevas reglas aparecieron el 29 de diciembre en la Segunda Sección del Diario Oficial y nadie las había comentado hasta que, hace unos días, el abogado fiscalista Eduardo Revilla se refirió a ellas en el sitio Arena Pública y en El Economista.
Cualquier medida capaz de evitar la evasión fiscal resulta digna de aplauso. Pero no hay motivo alguno para que el acceso a la información de nuestros viajes internacionales contribuya a que seamos mejores contribuyentes.
Cuando compramos un boleto de avión pagamos impuestos. Cuando utilizamos los servicios de un aeropuerto mexicano, también. Es imposible abordar una aeronave comercial sin haber cumplido esos requisitos y así debe ser. Entonces ¿de qué les sirve a las autoridades fiscales saber cuándo reservé mi boleto, con qué personas viajo y qué escalas haré en ese recorrido?
¿Con qué propósito el SAT quiere saber cuántos puntos tengo en mi cuenta de viajero frecuente, cómo los utilizo y qué reservaciones he gestionado? ¿A quién le interesa y por qué, en las oficinas fiscales, el número de asiento en el que voy a viajar? ¿Qué les importa si pido que durante el vuelo me den comida vegetariana o kosher?
¿De qué sirve para efectos del cobro de impuestos el número de maletas con las que viajo y los kilos que cargo en cada una? Si alguien supone que mientras más pesado el equipaje resulta más sospechoso, los ciudadanos que tenemos la estorbosa costumbre de llevar y comprar libros seguramente seremos motivo de especial atención por parte de la autoridad fiscal.
Quizá esas reglas obedecen a la torpeza de algunos funcionarios intermedios, de esos que suponen que mientras más enojosas son las normas, mejor se presiona a los ciudadanos para que las cumplan. Pero esas disposiciones, además de ociosas, espolean el recelo de quienes consideran que tenemos un Estado de tintes cada vez más policiacos.
ALACENA: Pesadumbre en Partido Verde
Qué atribulados deben estar los dirigentes del PVEM. Durante varias semanas, con la complicidad de Cinépolis y Cinemex, desatendieron las indicaciones del Instituto Nacional Electoral para que suspendieran la proyección de sus anuncios. Reemplazándolos por spots ligeramente distintos, ese partido ha seguido gastando dinero público con tales anuncios.
El viernes 6 de febrero, la Sala Regional Especializada del Tribunal Federal Electoral consideró que esos mensajes constituyen una forma de exposición indebida del Partido Verde, porque aún no estamos en periodo de campaña electoral. Sin embargo decidió sancionar al PVEM ¡con una amonestación!
Los integrantes de la Sala Regional se llaman Clicerio Coello Garcés, Felipe de la Mata Pizaña y Gabriela Villafuerte Coello. Son demasiado ingenuos si creen que los líderes de un partido que infringe la ley de manera tan ostensible y reiterada se inquietarán con un reproche público. O quizá a esos magistrados les tiene sin cuidado que el PVEM, y de paso Cinemex y Cinépolis, que hacen negocio con tales mensajes, sigan burlándose de las autoridades electorales y, por consiguiente, de ellos mismos.