Categorías
El debate público

Violencia, niños, televisión

 

 

 

 

 

 

 

 

Raúl Trejo Delarbre

La Crónica

07/11/2016

De los niños mexicanos que ven televisión, el promedio lo hace durante cuatro horas y media al día. Esa exposición ante el televisor es mayor a las que practican los niños en Perú (tres horas y media), Colombia (dos horas 45 minutos) o España (dos horas 38 minutos diarios), en promedio.

El horario en el que más niños mexicanos ven televisión es de 20.30 a 22 horas. Los canales que más miran son el 5 y el 2 de Televisa, a pesar de que este último no tiene programación dedicada al público de esa edad. Los programas favoritos de los niños en nuestro país son telenovelas y reality shows.

Los niños mexicanos que ven televisión dedican a esa actividad, en promedio, la quinta parte del día. Sin embargo, igual que en otros segmentos de la población, la audiencia de la televisión ha disminuido mucho. Entre los niños de 4 a 12 años —según una investigación publicada el año pasado por Instituto Federal de Telecomunicaciones y de donde tomamos o recalculamos todos estos datos— sólo el 12.6% ve televisión de manera regular. Los niños de esa edad eran en 2015 aproximadamente 20.2 millones, de tal suerte que quienes dependen de la televisión como fuente destacada de entretenimiento, en promedio 4.5 horas al día, son algo más de 2 millones y medio. Esas cifras incluyen las audiencias infantiles de la televisión abierta y de paga.

Sean muchos o pocos, los niños tienen derecho a que el Estado los proteja de contenidos televisivos que no son apropiados para ellos. En todo el mundo hay reglas y horarios para la televisión que pueden ver los menores de edad. La clasificación de programas, así como su transmisión de acuerdo con los sectores de audiencias a los que están dirigidos, son asuntos normales en la regulación de los medios y nadie se sorprende por ello.

Sin embargo el reclamo de dos legisladores contra la transmisión de “narcoseries” que pueden afectar a los niños desató una catarata de cuestionamientos, algunos interesados y otros preocupados ante lo que parecería una restricción a la libertad de los medios de comunicación. Los presidentes de las comisiones de Radio y Televisión del Senado y de la Cámara de Diputados, Zoé Robledo y Lía Limón, difundieron el último día de octubre un comunicado en donde consideran que esos programas, que tienen como tema al narcotráfico, transgreden la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

Tienen razón, aunque muchos otros programas incumplen las disposiciones legales en materia de contenidos. El artículo 226 de esa Ley indica que los programas de televisión y radio destinados a los niños, entre otros requisitos deben “evitar contenidos que estimulen o hagan apología de la violencia”. Es claro que eso no sucede en todos los programas transmitidos en horarios para niños.

Robledo y Limón consideran que la Secretaría de Gobernación y el Instituto Federal de Telecomunicaciones deben cumplir con sus responsabilidades en la supervisión de esos programas. La Ley le confiere a esa Secretaría la obligación de establecer criterios para clasificar los programas y al Instituto la de supervisar esa tarea.

En muchos otros países hay tres o cuatro categorías para clasificar los programas de televisión, de acuerdo con la edad de las audiencias. En México la Secretaría de Gobernación, en sus Lineamientos de clasificación de contenidos audiovisuales, publicados en noviembre de 2015, estableció seis categorías: programas AA para público infantil y A para todo público que se pueden difundir en cualquier horario, B para adolescentes y adultos a partir de las 4 de la tarde, B15 para los mayores de esa edad a partir de las 19 horas, C para adultos a partir de las 21 horas y D “exclusivamente para adultos” sólo desde medianoche y hasta las 5 de la mañana.

Esa clasificación desconoce los hábitos de consumo televisivo de la sociedad mexicana. Suponer que los niños únicamente miran televisión antes de las 4 de la tarde y que los muchachos de 15 a 18 dejan de verla a las 9 de la noche es una tontería o una auténtica simulación. Esos criterios benefician a las televisoras privadas que, gracias a la holgura de la Secretaría de Gobernación, pueden transmitir desde las 16 horas programas con algunas dosis de violencia, consumo de drogas y expresiones soeces.

Para cada uno de esos seis segmentos hay criterios específicos acerca de los contenidos relacionados con violencia, adicciones, sexualidad y lenguaje que se pueden transmitir. En la categoría B15, por ejemplo,  los programas “pueden presentar escenas de violencia física siempre que no sea la trama principal” y no sean “excesivamente detalladas”. A partir de las 9 de la noche, considerado como horario para adultos, “pueden transmitirse contenidos con violencia, incluso si no es la trama principal del programa”.

Los Lineamientos de la SEGOB pretenden imponer sesgos moralistas cuyo cumplimiento es imposible evaluar. En programas para mayores de 12 años, a partir de las 4 de la tarde, puede haber escenas violentas si no forman parte de “la trama principal” y siempre y cuando muestren “las consecuencias negativas para quien la ejerce”. Desde las 7 de la noche las escenas de violencia “no deben ser excesivamente detalladas y deben mostrar sus consecuencias negativas”. Además, al dispensar la exhibición de escenas violentas siempre y cuando formen parte del argumento central se propicia la transmisión de programas específicamente violentos.

La gradación y justificación de la violencia son subterfugios para que las televisoras transmitan a toda hora programas de contenidos, precisamente, violentos. En otros países, de plano, en horarios para niños la violencia en programas de ficción no está permitida. En el Reino Unido, para citar uno de los ejemplos de regulación más serios y legitimados en la sociedad, el Código de Radiodifusión establece: “La violencia, sus efectos posteriores y la descripción de la violencia, deben ser limitados apropiadamente” en programas de televisión que se transmiten en horarios para niños “y deben estar justificados por el contexto”.

“El comportamiento violento o la exhibición de comportamiento violento, que tiende a ser fácilmente imitado por los niños de manera perjudicial: no deben ser mostrados en programas hechos fundamentalmente para los niños a menos que haya fuerte justificación editorial (y) no debe ser transmitida” durante el horario para niños.

Además de la sencillez de esas definiciones, que tienen que ser interpretadas por la autoridad regulatoria, la clave del respeto a los derechos de los niños a tener una programación adecuada se encuentra en los horarios. En el Reino Unido el “parteaguas”, como se denomina al momento en el que comienza la programación para adultos, es a las 9 de la noche. Sin embargo debe haber una “transición al material más apropiado para adultos” que sólo puede ser exhibido en los horarios más tardíos. Es decir, los programas para mayores de edad no comienzan a ser transmitidos en cuanto termina el horario para niños.

Ese “parteaguas” en donde terminan los horarios para menores de edad y comienza la programación sólo para adultos ocurre a las once de la noche en Finlandia, India, Polonia, Portugal, Sudáfrica y Venezuela y a las 10.30 en Italia. Las reglas para los medios cambian constantemente pero, salvo modificaciones muy recientes, el horario para adultos comienza a las 10 de la noche en Alemania, Argentina, Brasil,  España, Estados Unidos, Francia, Holanda y Perú, entre otros países. En Canadá y México es a las 9 de la noche.

Los programas violentos no ocasionan, de manera automática, comportamientos violentos. Los televidentes no reciben esos contenidos de manera acrítica: siempre los procesan de acuerdo con su contexto y experiencia. Pero los niños son especialmente vulnerables a los contenidos mediáticos igual que a muchas otras circunstancias. Por eso es preciso protegerlos. No se trata de encapsularlos en una realidad artificial, sino de proporcionarles elementos para discernir entre la ficción y la verdad, y entre las opciones de comportamiento éticas, morales, legales incluso, que plantea cada conflicto mostrado en los medios.

Los senadores y diputados que se inconforman con las teleseries violentas podrían hacer mucho más que exigirle al gobierno. Podrían recordar que son legisladores y llenar los huecos que tiene la Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión en materia de contenidos, comenzando por establecer horarios realistas para el público infantil. Si el horario para adultos se corriera 60 minutos, de las 21 a las 22 horas, estaría más ajustado a las prácticas de los niños que ven televisión.

Una política de Estado comprometida con la protección de los televidentes más vulnerables tendría que promover la producción de programas adecuados a esas audiencias, estimular la información y el debate sobre los contenidos de la televisión y, sobre todo, respaldar y exigir a los medios de carácter público que son el único contrapeso eficaz que puede tener la televisión comercial.