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El debate público

Ley de Amnistía: cinco apuntes

La iniciativa de Ley de Amnistía que ha presentado el presidente de la República ha suscitado -y seguirá haciéndolo- muchos comentarios, reacciones y análisis. De hecho, se trata de una propuesta de pieza legislativa que amerita valorarse desde varias aristas. En los párrafos que siguen me limito a cinco reflexiones a bote pronto.

Primero. El sentido de la propuesta descansa en una aspiración de justicia que merece reconocimiento. Habida cuenta de que las mujeres, los jóvenes y las personas indígenas –sobre todo si son pobres– suelen ser las principales víctimas de los abusos del defectuoso sistema de justicia de nuestro país, el presidente propone una legislación que sirva para ‘aliviar’ una de las injusticias que padece el pueblo de México y que se materializa en la “carencia de posibilidades de acceder a la justicia pronta y expedita que consagra” la Constitución. Creo que ese ánimo es atinado y necesario en un país desigual en el que suele criminalizarse la pobreza.

Segundo. El problema es que ese ánimo justiciero contrasta de manera frontal con la lógica de otras reformas y leyes que han sido impulsadas por el actual gobierno y su mayoría legislativa. Me refiero a la reforma constitucional con la que se aumentó el catálogo de supuestos que acarrean prisión preventiva oficiosa. El artículo 19 de la Constitución reformado es contradictorio con el modelo del Estado constitucional de Derecho. Y lo es no soló porque contempla un catálogo vago y abierto de supuestos por los que las personas indiciadas pierden ipso facto su libertad sino porque, al ser norma constitucional, conlleva un total estado de indefensión. Algo similar sucede con la Ley de Extinción de Dominio que, entre otros problemas, contiene normas aporéticas con el principio de presunción de inocencia. Así que la Ley de Amnistía es una promesa de justicia que no tiene asidero en el sistema jurídico en materia criminal que ha promovido el mismo gobierno que la impulsa.

Tercero. Se trata de una ley federal que, por lo mismo, tendrá efectos inevitablemente limitados. Esto no es culpa del presidente, pero tienen que ser ponderado cuándo se consideran los beneficios potenciales de la norma una vez que sea aprobada. En la misma iniciativa –por ejemplo– se advierte que los datos de incidencia delictiva a nivel nacional muestran que en el caso del delito de narcomenudeo existen 98 mil 694 delitos registrados en las entidades federativas frente a mil 45 delitos en el fuero federal. Por lo mismo, en el proyecto, se contempla que la Secretaría de Gobernación promueva entre las entidades federativas la aprobación de leyes de amnistía estatales. La idea no es mala pero debemos recordar que se trata de un asunto polémico que, en aras de la libre configuración legislativa que debe primar en un Estado federal, podría estancarse en muchos congresos locales.

Cuarto. En definitiva me parece que esta es la peor manera de atender la injusticia que supone criminalizar a una mujer que interrumpe un embarazo. De aprobarse la iniciativa se mantendría el tipo penal del aborto a nivel federal y todas las entidades federativas en las que el mismo tiene vigencia con lo que las mujeres que abortan seguirían sido consideradas como delincuentes. La amnistía –como puede leerse en la propia propuesta– supone “el perdón por actos delictivos” y no la despenalización de los actos castigados. Las mujeres no necesitan que las fiscalías las perdonen sino que su autonomía reproductiva sea reconocida y respetada sin ambages ni actos paternalistas.

Quinto. Esta ley debe servirnos como recordatorio de las contradicciones y defectos de nuestro ordenamiento jurídico en su conjunto. Su discusión puede ser una buena oportunidad para definir cuál es la lógica –los principios y criterios– que queremos que oriente a nuestro sistema penal y para repensar nuestro federalismo en estas delicadas materias. Después de todo, lo que está en juego es nuestra libertad personal ante la capacidad punitiva del Estado. No es una cuestión menor porque de la manera en la que la enfoquemos dependerá el tipo de Estado que tendremos.

Por todo lo anterior creo que debemos celebrar que esta iniciativa haya sido presentada pero es necesario que la sociedad en su conjunto –y no solo las y los legisladores– inicie una reflexión sobre sus razones, implicaciones y posibles derroteros. Es necesario que la sociedad inicie una reflexión sobre las razones e implicaciones de esta iniciativa