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El debate público

El IFAI, convertido en censor

Raúl Trejo Delarbre

La Crónica

02/02/2015

Una torcida e insuficiente lectura de la legislación, así como una descuidada decisión, están haciendo del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública un instrumento al servicio de la censura. Los cinco comisionados de esa institución resolvieron dificultar el acceso de la sociedad a la información al resolver que el buscador Google debe bloquear las ligas a contenidos que incomodan a un particular.

En “derecho al olvido” ha sido tema de discusiones interesantes e intensas, especialmente en la Unión Europea. La apabullante cantidad de datos que circula por internet permanecería dispersa si no fuera por los motores de búsqueda —Google es el más importante— que criban miles de millones de páginas en busca de la información que requerimos. Es natural que entre tanta información se localicen datos desfavorables para muchas personas. Algunas han exigido que Google no muestre las ligas a sitios que contienen información que les resulta molesta, como si la responsabilidad por esos datos fuera del buscador.

Google hace las veces de mensajero. Lo que se dice en sitios y páginas en línea no es culpa de ese servicio de búsqueda, de la misma manera que el bibliotecario que nos ayuda a encontrar un libro no es responsable de los volúmenes que se acumulan en una biblioteca.

En 2012 el abogado español Mario Costeja se inconformó porque, cuando tecleaba su nombre, Google mostraba la liga a una publicación que le importunaba. Doce años antes la Seguridad Social en Barcelona anunció en el diario La Vanguardia que subastaría una casa propiedad de Costeja. Con el tiempo, el abogado consideró que esa información lo exhibía como moroso y demandó a Google para que dejara de mostrarla.

En mayo de 2014, después de haber pasado por tribunales españoles, el caso fue atendido por la Corte de Justicia de la Unión Europea que consideró (en una decisión ciertamente discutible) que Google es responsable por los enlaces que muestra y que debía dejar de asociar el nombre de Costeja con la liga al edicto publicado en 1998.

En esa decisión prevaleció el derecho de un particular por encima del acceso “del público en general” a datos que aluden a esa persona. Sin embargo la resolución del tribunal europeo enfatizó que esa protección no seria válida si se tratara de una persona cuyas actividades fueran de interés público.

Ese es el fundamental matiz que el IFAI soslayó en su resolución del 26 de enero pasado. Un ciudadano —que en información difundida en días recientes ha sido identificado como Carlos Sánchez de la Peña— exigió que, cuando se buscara su nombre, Google dejara de remitir a tres páginas en donde hay información desfavorable para él, su padre, sus hermanos y sus actividades empresariales.

Cuando el IFAI requirió a Google para que se defendiera, esa empresa sostuvo que su oficina en México no es responsable del funcionamiento del motor de búsqueda cuyos archivos están alojados en California. Esa respuesta formalista y estrecha redujo las posibilidades de Google para ir al fondo del asunto.

Una de las ligas que incomodan a Sánchez de la Peña remite a un reportaje de la periodista Ana Lilia Pérez publicado en la revista Fortuna en enero de 2007. Allí, y en una nota de la misma periodista aparecida en junio de 2006 en la revista Contralínea, se documentan negocios del Grupo Estrella Blanca, empresa de autotransporte propiedad de Salvador Sánchez Alcántara (fallecido posteriormente) y de sus hijos Arturo y Carlos Sánchez de la Peña.

En esas informaciones se indica que en 2002 Estrella Blanca donó 90 autobuses a Vamos México, la fundación de Martha Sahagún de Fox, para que funcionaran como camiones-aula. Ese año la quinta parte de los ingresos de Vamos México provino de contribuciones de empresas relacionadas con la familia Sánchez Alcántara, entre ellas 14 millones de pesos donados por Autobuses Expeso Futura.

Poco después el hijo del presidente Fox, Vicente Fox de la Concha, fue designado “asesor” del consorcio camionero. A partir de entonces una docena de dependencias del gobierno contrataron los servicios de Estrella Blanca. Las notas mencionadas recuerdan la amistad entre las familias Sánchez Alcántara y Fox Sahagún. En 2007, cuando se constituyó el Centro Fox en San Francisco del Rincón, en Guanajuato, su Consejo de Vigilancia fue encabezado por Arturo Sánchez de la Peña.

En esas notas se dice también que Estrella Blanca tenía una deuda de 1500 millones de pesos que fue renegociada con respaldo del Instituto para la Proteccion al Ahorro Bancario, IPAB. Sin embargo, para reclamar los beneficios de esa reestructuración, en 2003 varios socios minoritarios de Estrella Blanca demandaron a Sánchez Alcántara y Sánchez de la Peña por fraude de 500 millones de pesos (en otra nota se dice que por más de mil millones).

Si la persona aludida en esas informaciones periodísticas las considera equivocadas, podría aclararlas a los medios de comunicación que las difundieron o podría poner en línea su propia versión. Pero gracias al IFAI ahora esa información dejará de ser accesible para quienes la busquen a partir del nombre de Carlos Sánchez de la Peña.

Los comisionados del IFAI se equivocan cuando amparan el interés de ese ciudadano a partir de la Ley Federal de Protección de Datos Personales. Allí se indica (Artículo 10) que el consentimiento de una persona no es necesario para el tratamiento de sus datos cuando “…los datos personales figuren en fuentes de acceso público”. Además se establece que no hay obligación para cancelar datos personales cuando “…sean necesarios para realizar una acción en función del interés público” (artículo 26).

Al dejar de considerar esas disposiciones y procurar, en cambio el beneficio de un particular, los comisionados lesionan el interés legítimo de la sociedad para acceder a información sobre asuntos públicos. A menos, claro, que en el IFAI consideren que negocios como los del señor Sánchez de la Peña y su familia, incluyendo sus relaciones políticas, no son de interés público.