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El debate público

Historia de un criterio

Ricardo Becerra

La Crónica

19/04/2015

“Tramposo”, “abusador”, el primer caso de desacato a la orden de la autoridad electoral, en suma “un partido canalla” que merece quedar fuera de la contienda electoral. Todo eso y más se ha dicho (no sin razón) del Partido Verde Ecologista de México, y sin embargo, en la historia de su estratagema hay cosas que no deberíamos pasar por alto, pues esas mismas licencias fueron permitidas y validadas –en los dos procesos electorales del 2009 y 2012- por extraños criterios del Tribunal Electoral (que en buena hora, está corrigiendo). Veamos.
Recién estrenada la reforma electoral que prohibió la compra de spots en radio y televisión por parte de los partidos políticos, se volvió una moda y una consigna probar su futilidad. Poderes e intereses televisivos se pusieron en marcha y se inventaron trucos variados para evadir o ridiculizar aquella reforma: por ejemplo, las revistas que se anunciaban -a su vez, anunciando- a candidatos en sus comerciales. O la amnesia de periodistas profesionales que -de repente- dejaron de conocer las reglas de la entrevista ¿lo recuerdan?
Bien: dentro de las muchas argucias utilizadas destacó la misma que el PVEM esgrimió este año: compra masiva de spots por parte de sus diputados plurinominales, en los que “se informó” de su trabajo. En fila india, uno tras otro, los legisladores del Verde se publicitaron meses antes de las campañas como estrategia política para “posicionarse” tanto frente a los electores como frente a sus aliados potenciales.
En el IFE de entonces hubo una dura discusión interna, pero desde el primer momento, por mayoría, sancionó al partido. ¿Cuál era su argumentación? Simple: la Constitución dice: “Los partidos políticos en ningún momento podrán contratar o adquirir, por sí o por terceras personas, tiempos en cualquier modalidad de radio y televisión”. Entonces como ahora, no se trataba de Informes porque no se encontraron en ninguna parte (ni un documento, una cuartilla, algo parecido a un intento rendidor de cuentas); no hacían parte de la política de comunicación social del poder legislativo y por eso no podían entenderse como informes institucionales o gubernamentales (la excepción permitida en la ley).
El Verde acudió a defenderse y -este es el punto- el Tribunal le dio la razón, unánimemente. Los magistrados declararon que, como no hay una ley que regule la propaganda gubernamental ni de los servidores públicos, entonces el IFE no tiene porqué andar sancionando a diputados que, con tan buena fe, tuvieron la idea de informar al pueblo mexicano de lo hecho y dicho por su bancada. http://portal.te.gob.mx/colecciones/sentencias/html/SUP/2009/RAP/SUP-RAP-00075-2009.htm

El Tribunal no vio lo que todos los demás: que la propaganda apareció firmada por el Partido, estuvo fuera de la pauta que ordena el IFE, estuvo fuera de la pauta de la Cámara de Diputados (no era propaganda institucional) y que fue comprada por terceros a las dos grandes televisoras del país.
Hoy, este criterio ha hecho crisis y los señores magistrados están cambiando su parecer (también por unanimidad) ante la “enorme cantidad”, la “sistematicidad”, la “violación dolosa” y el desacato del partido. Lo celebro.
Y no obstante, la corrección se queda a medias porque penaliza la cantidad (eran demasiados) y no la naturaleza del hecho (comprar spots fingiendo informes). De modo que, como este, hay muchos otros criterios sembrados en las miles de sentencias, inentendibles, incoherentes o incompatibles con la Constitución y la ley, que han permitido distorsiones fundamentales en la competencia electoral.
Sostengo que nuestras autoridades electorales no han tenido el tiempo (o la paciencia) para construir una interpretación racional y consistente de lo que se puede y no, en el proceso electoral.
En ausencia de ese ejercicio de clarificación, las chapuzas, trampas y la enferma litigiosidad de nuestros partidos, seguirán empobreciendo y ennegreciendo la vida democrática de México.