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El debate público

INE: el fiscalizador riguroso

Ciro Murayama

El Universal

17/04/2015

En México se ha edificado un riguroso modelo de regulación del dinero que va a la política electoral. Con la reforma de 2014 se decidió que la fiscalización a los recursos de los partidos y candidatos fuera centralizada (toda a cargo del Instituto Nacional Electoral, incluyendo contiendas federales, para gubernaturas, ayuntamientos y congresos locales), expedita (debe concluirse unas semanas después de la votación) y con consecuencias más severas (el rebase del tope de gasto de campaña puede ser causa de nulidad de elecciones).
En los días que corren el INE viene analizando dictámenes sobre ingresos y gastos de las recién concluidas precampañas y despliega su tarea fiscalizadora a las campañas en curso.
El miércoles 15 de abril, el Consejo General del INE aprobó 12 dictámenes sobre precampañas, en los que se analizaron 4 mil 540 informes de precandidatos y aspirantes, y se impusieron multas económicas por 15.5 millones de pesos.
El INE ha sancionado a los partidos por no presentar en tiempo sus informes de precampaña, y por omisiones o falsedades en dichos informes. Sobre lo primero, las multas aplicadas por la autoridad electoral siguen estos criterios: a) cuando no se presenta un informe de gastos por precandidato, una multa de 20% del tope de gasto de la precampaña correspondiente —además de que ese precandidato no puede ser postulado como candidato—; b) entrega del informe a destiempo y mediando requerimiento de la autoridad, 10% sobre el tope de gasto y, c) cuando el partido entrega con retraso pero sin requerimiento del INE, la multa es del 5% del tope. Ahora bien, si un partido omite informar de ingresos, no acredita el origen de los mismos o superan el límite de donaciones en efectivo, la sanción es del 200% del monto involucrado; cuando un partido omite informar de gastos, la multa es del 150% del monto no reportado, y cuando un gasto no se comprueba la multa es por el 100% de la cifra que el partido no acreditó.
Una sanción novedosa es sobre la práctica de presentar informes de gasto “en cero” pesos por precandidato, cuando la autoridad documenta que sí hubo gastos. La sanción por ese intento de engaño es el 20% del tope de gasto de precampaña de que se trate por el porcentaje de financiamiento público que el partido recibe en la entidad. Esta fórmula es la que dio lugar a una sanción de 700 mil pesos al PRD por presentar informes en cero de dos precandidatos a la gubernatura de Guerrero, sobre los que el INE sí detectó actividades y gastos.
El Consejo General del INE decidió que las multas impuestas a los partidos por infracciones en materia de fiscalización se empiecen a cobrar en cuanto se impone la sanción, y no hasta que el Tribunal se pronuncie. La idea es ser consecuente con la idea de una fiscalización expedita y que inhiba prácticas ilegales. Así, quien cometa una falta en el proceso electoral en curso, habrá de pagarla viendo afectado su financiamiento en este proceso, de tal suerte que no existan estímulos para vulnerar las reglas a sabiendas de que la sanción llegará una vez que se haya concretado una ventaja ilegítima.
Es natural que los partidos se vean incomodados por estas decisiones del INE. Pero a diferencia de las tareas de organización electoral, donde partidos y autoridad se acompañan, en la fiscalización de recursos el INE no se coloca junto a los partidos sino frente a ellos, los audita, los fiscaliza y, si es el caso, los sanciona. Ese es su papel y lo hace sin titubeos.