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El debate público

Réquiem para el 6º y 7º constitucionales

María Marván Laborde

Excélsior

19/03/2015

¡Que descansen en paz dos artículos que han muerto y a los que hay que darles justa sepultura! Entre las muchas reformas constitucionales que se hicieron al amparo del Pacto por México, los actuales legisladores, en su calidad de constituyente permanente, modificaron dos veces el sexto y una el séptimo.

En 2013 se discutió ampliamente la reforma de Telecomunicaciones. El argumento más difundido se refería a la necesidad de acabar con el duopolio en la Televisión (Televisa-TV Azteca) y el monopolio en telefonía e internet (Telmex). Sin embargo, existió un argumento de mayor envergadura, aunque menos conocido.

Si el problema hubiese estado limitado a la competencia en el mercado habría sido suficiente con reformar el art. 28º de la Constitución. Reformar el 6º y 7º hubiese sido ocioso si no se tenía como motivo central garantizar el derecho fundamental a la información y a éste como condición necesaria para la democracia.

La reforma se justificó en la preocupación de garantizar plenamente el derecho a la información y la libertad de expresión. Consideraron necesario fortalecer al Estado frente a los poderes fácticos monopólicos y, al mismo tiempo, proteger a los dueños de los medios de las arbitrariedades del Ejecutivo, por eso se crearon dos nuevos organismos con autonomía constitucional.

La Reforma de Telecomunicaciones tiene que ver con el mercado, pero sobre todo tiene que ver con el fortalecimiento de la esfera pública, con la necesidad de contar con fuentes plurales de información. Se entendió como indispensable que los concesionarios de los medios y dueños de periódicos trabajaran con la certeza jurídica de que vivimos en un país de libertades y derechos que garantiza su existencia. Cito textualmente la exposición de motivos:

“El avance progresivo del derecho a la libertad de expresión y de difusión, exige la actualización de lo dispuesto en el artículo 6º de la Constitución. Estos derechos no sólo abarcan la obligación del Estado para garantizar el acceso a la información pública gubernamental y la protección de datos personales, sino que hace imprescindible garantizar el acceso a la información veraz, plural y oportuna, así como buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión”.

Había necesidad de un agiornamiento que respondiera a la nueva realidad de la tecnología donde la palabra radiodifundida gana terreno a la palabra escrita; pero sobre todo había necesidad de una actualización conforme al Estado democrático que pretende el pacto constitucional. La reforma al artículo primero constitucional (2011) que garantiza la defensa de los derechos humanos en una visión maximalista pro persona le dio un sentido político mucho más profundo a la Reforma de Telecomunicaciones.

La segunda reforma al artículo sexto tiene que ver con la transparencia de todo quehacer gubernamental y con la garantía de acceso a cualquier documento del Estado. Los gobiernos municipales, estatales y federal quedan obligados a documentar tanto sus acciones como el ejercicio del gasto público. Cualquier persona puede solicitar documentos y revisar esos archivos.

Daniel Lizárraga, otrora jefe de la unidad de periodismo de investigación de MVS, es uno de los dos reporteros mexicanos que mejor han aprendido a utilizar la Ley de Transparencia. Sabe hacer solicitudes para armar piezas periodísticas que van más allá del chisme cotidiano o la declaración banquetera que enfrenta a dos funcionarios, a dos instituciones o a dos partidos.

Desde la perspectiva democrática estas reformas parecían un gran avance. Los hechos de la semana son señales de alarma que trascienden a MVS y a Carmen Aristegui. Por ello resulta difícil de creer que estemos hablando de un conflicto entre particulares.

Ignoro si, como se ha manejado en medios y redes, hubo una amenaza directa de la Presidencia al equipo de Joaquín Vargas para que despidiera a la periodista y su equipo; sin embargo, si un concesionario teme por su concesión y por iniciativa propia (autocensura) o mandato de alguien en el gobierno (censura simple y llana) despide a una periodista incómoda junto con todo su equipo de colaboradores para asegurar sus derechos, la única conclusión posible es que no vivimos en un Estado digno de llamarse democrático. El comunicado de la Secretaría de Gobernación no disipa la duda sobre las posibles presiones, entre otras razones por su falta de oportunidad.

El estilo periodístico de Carmen Aristegui podía agradar o no. No se trata de defenderla a ultranza como la mejor o la única reportera de México. Se trata de defender su libertad de hacer periodismo y nuestra libertad como audiencia de escucharla o no. El propio defensor de los derechos de la audiencia de MVS consideró que si el fondo del asunto era realmente el abuso de confianza, la conciliación era posible y debería ponerse en ello todo el empeño de ambas partes.

De poco sirve la Reforma de Telecomunicaciones si los dueños de los medios siguen sabiéndose amenazados, de nada sirve la Ley de Transparencia si su uso es castigado.